Comunicación a Distribuidores y Clientes de Versat Sarasola versión 2.10

CONSIDERANDO: A tenor de lo que establece la cláusula del contrato sucrito entre nuestras entidades y que destaca como una oblicación del Productor informar al Distribuidor y al cliente, con un término de 90 días de antelación ante nuevas certificaciones de versiones del PRODUCTO, garantizando, que se mantengan los requerimientos del versionado anterior, amparando legalmente al CLIENTE al uso del versionado anterior, por el término del contrato firmado, cuando le sea imposible migrar a un nuevo versionado.

Primero: Resulta necesario Informar al DISTRIBUIDOR y CLIENTE, que, la Empresa de Soluciones Informáticas DATAZUCAR, presentó a Dictamen el Sistema Versat Sarasola en su Versión 2.10 para determinar el grado de adaptación a las Normas Contables Cubanas de los Sistemas Contables Finacieros soportados sobre las tecnologias de la información.

Segundo: Que en opinión de la entidad certificadora, el Sistema Versat Sarasola en su Versión 2.10 cumple con las Normas Contables Cubanas y demás requisitos aplicables en la confección de sistemas soportados sobre las tecnologias de la información.

Tercero: Que teniendo en cuenta lo descrito en los numerales anteriores nuestra entidad, comenzara con los trámites de rigor establecidos legalmente, ante el Ministerio de las Comunicaciones, como organismo rector para la obtención de la certificación correspondiente.

Cuarto: Que con la obtención de la citada certificación, resultara procedente un encuentro entre las partes a fin de Suplementar lo correspondiente al Contrato suscrito entre nuestras entidades, de forma tal que le permita realizar los ajustes con los clientes; manteniendo al tanto de lo que resulte.

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